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La Procuración estableció una guía para la búsqueda de mujeres desaparecidas
La Procuración General de Entre Ríos emitió un documento con instrucciones para optimizar las investigaciones penales para los casos de búsqueda de mujeres o personas auto percibidas como tales que se encuentran en situación de violencia de género.
El documento fue elaborado por la Procuradora Adjunta Mónica Carmona, quien tuvo en cuenta la experiencia en diferentes búsquedas de personas desaparecidas. La directiva fue aprobada el 29 de junio por el procurador general, Jorge Amílcar García, a través de la Instrucción General Nº 001.
El documento hace hincapié en las pautas para la “toma de denuncias por desaparición de personas y/o exposición de localización de personas por parte de la Policía de Entre Ríos, a los fines de optimizar los tiempos y recabar toda la información necesaria para una investigación eficiente”.
Asimismo, se considera pertinente y útil que se comunique a los funcionarios policiales a cargo de la toma de denuncias, la vigencia de la Ley Nº 10.807, para los casos de búsqueda de personas, – mujeres o personas auto percibidas como tales -, en contexto de violencia de género, en los cuales se deberán respetar las pautas establecidas allí. Se trata del «Protocolo de Pautas y Medidas Mínimas de Trabajo en la búsqueda de personas desaparecidas víctimas de violencia de género», sancionado por el Senado provincial en octubre de 2020.
La directiva establece que, al tomar denuncia por desaparición de personas o exposición por pedido de localización, los agentes policiales deberán utilizar un formulario en el que se debe recabar toda la información posible para “minimizar cualquier contingencia de tiempo de búsqueda que resulta esencial en los primeros momentos de la desaparición y/o localización de la persona”.
La información esencial que deben recolectar, es: nombre completo de la persona desaparecida, sobrenombre, DNI, edad, estado civil, celular, domicilio y con quién vivía en el mismo y ocupación. Además, se debe dejar asentado el vínculo de la persona que realiza la exposición.
También debe quedar registrado “el día y la hora exacta de la última vez que fue vista la persona y quién la vio, brindando los datos completos de ésta última persona incluyendo número de celular y redes sociales utilizadas (indicando el usuario), de ser posible”.
En cuanto al lugar y contactos, se debe tratar de tener detalles precisos sobre “el último lugar donde estuvo, de quién era la propiedad y/o el lugar, con quién había estado en esa oportunidad, quién la frecuentaba. Indicar de éstas personas nombre y apellido, domicilio, celular y red social que utiliza”.
No deben faltar detalles de las características físicas de la persona (altura, color de pelo, largo del mismo, color de ojos, contextura física, si tiene algún rasgo en particular, si tiene tatuajes cuales serían y donde los tendría, aros); como así también una descripción “de la ropa que esta persona tenía puesta la última vez que fue vista”, publicó Entre Ríos Ahora.
En la directiva se pone de resalto también que los policías requieran información sobre el teléfono de la persona desaparecida -incluso la última conexión a WhatsApp-y sus redes sociales, tales como Facebook, Instagram, Snapchat y Twitter.
En otro punto, se fija que se pregunte al o los denunciantes si la persona desaparecida tuvo algún altercado con alguien y en caso de ser así, se debe tratar de precisar cuándo y por quién.
“En caso positivo indicar con quien discutió y por qué tuvo esa discusión (todos los datos filiatorios posibles de la persona incluso domicilio, celular y red social utilizada), como así también el lugar donde ocurrió la misma”, dice la guía elaborada por la Fiscalía.
Más adelante, se establece que se indique si la persona buscada tiene pareja o expareja y cómo era ese vínculo; si la persona a localizar tiene amigos de confianza a quien recurrir; si se traslada en algún vehículo en particular; si concurría a un club de deportes; si profesaba alguna religión; si tiene tarjeta de débito y/o crédito; si tenía tarjeta SUBE para el colectivo; si tiene algún otro familiar de confianza (hermano, primo, abuelos, tíos) a donde pudo haber concurrido y/o haber ido a pedir ayuda; si tiene problemas de consumo de alcohol y/o algún tipo de drogas; si tiene causas penales; si padece algún tipo de enfermedad, entre otros datos de interés.