Condenas de 19 y 12 años de cárcel a culpables de delitos sexuales
El vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concepción del Uruguay, Nicolás Gazali, impuso ayer la pena de 19 años de prisión de cumplimiento efectivo a M.A.S, a quien un Jurado Popular declaró el 19 de mayo pasado como autor penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual con acceso carnal agravado por la situación de convivencia preexistente agravado” y “Corrupción de menores agravada en concurso ideal”.
La Defensa señaló que apelarla ante la Cámara de Casación, mientras que su cliente permanecerá con detención domiciliaria porque el juez técnico no hizo lugar al pedido de prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público Fiscal y dispuso mantener el arresto domiciliario del imputado en las condiciones que le impusiera luego del veredicto de culpabilidad.
En Colón
En tanto, en la ciudad de Colón, tras realizarse el juicio por jurados en el marco del legajo “DSMA s/Abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por su condición de padre y encargado de la guarda”, el juez técnico Fernando Martínez Uncal, vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay, dio a conocer la pena impuesta.
Tras conocer y analizar el veredicto de culpabilidad del Jurado Popular designado para el juicio realizado en la Casa del Bicentenario colonense, el doctor Martínez Uncal condenó a DSMA a la pena de 12 años de prisión.
Cabe señalar que tanto en C. del Uruguay como en Colón, en ambos casos los debates se celebraron a puertas cerradas por tratarse de delitos contra la integridad sexual.
Con el juicio en Colón se llegó a la quincuagésima tercera intervención de jurados populares en la provincia desde que se implementó ese sistema de juzgamiento penal en Entre Ríos.