SE CONSIDERÓ QUE LA ALCOHOLEMIA POSITIVA NO FUE DETERMINANTE PARA EL ACCIDENTE
Condenaron a 3 años condicional al hombre que alcoholizado chocó y mató a otro
El juez del Tribunal de Juicios de Gualeguaychú, Arturo Dumón, que actuó en el debate por la muerte de Horacio González, dio a conocer el miércoles al mediodía su decisión en torno al imputado Sergio Daniel Gómez. Consideró que no fue probado el agravante de conducir alcoholizado, a pesar que el dosaje detectado fue de 1,61 gramos de alcohol en sangre.
La fiscal del caso, Martina Cedrés, le había imputado a Gómez, un hombre de 33 años y oriundo de Ibicuy, el delito de “homicidio culposo causado por la conducción imprudente de un vehículo a motor, agravado por el nivel de alcoholemia”, ya que este hombre conducía a más de 100 Km/h y con 1,61 gramos de alcohol en sangre al momento del accidente.
La figura del homicidio culposo es siempre aplicada a personas que al mando de un vehículo causan o son parte de un accidente que le cuesta la vida a otra u otras personas. Es muy extraño que un caso de homicidio culposo termine con una pena de prisión efectiva. Los pocos casos (en comparación a la totalidad de condenas con esta imputación) con prisión efectiva son aquellos que están agravados, generalmente por la cantidad de víctimas.
Pero la alcoholemia también es un agravante, o por lo menos, en el sentido común, debería serlo. Lo cierto es que en esta ocasión no sucedió y así lo entendió el magistrado interviniente, que consideró que los 1,61 gramos de alcohol en sangre que tenía Gómez al momento en que chocó y causó la muerte de González, no fue determinante del accidente. Para Dumón esto no fue probado en el juicio que se desarrolló la semana pasada.
En su alegato de clausura, la fiscal Cedrés había solicitado una pena de prisión de cumplimiento efectivo de 4 años y 6 meses, mientras que los abogados defensores, oriundos de Gualeguay, requirieron que Gómez reciba una pena mínima de prisión condicional, es decir de tres o menor a los tres años. Entre los atenuantes se destacó la falta de antecedentes, el trabajo que realiza en una empresa automotriz y el ser padre de familia.
Fue así que Dumón dictó una sentencia de 3 años de prisión condicional por homicidio culposo por la conducción antirreglamentaria y 6 años de inhabilitación para manejar cualquier tipo de vehículo a motor. También ordenó al condenado la realización de un curso en seguridad vial y trabajos no remunerativos de 12 horas semanales durante un año.
El caso
Horacio José González era un médico pediatra de 61 años que el sábado 12 de marzo de 2022 por la tarde fue víctima de un choque frontal cuando regresaba de una tarde de pesca. Ese día, Sergio Daniel Gómez, un hombre oriundo de Ibicuy, impactó a gran velocidad la Toyota Hilux que conducía por la Ruta Provincial 45.
El conductor de la Toyota Hilux fue trasladado al hospital, pero no presentaba lesiones de gravedad y quedó aprehendido debido a que había ocasionado la muerte de González en el acto. En el Fiat Uno había quedado atrapado el cuerpo de la víctima y por orden judicial fue trasladado a la morgue de Gualeguaychú para las actuaciones correspondientes.
Gómez fue atendido en el Hospital y allí se le extrajo sangre para confirmar si tenía ingesta de alcohol y los estudios arrojaron que al momento del choque tenía tres veces más de lo permitido y que ello habría sido determinante para que invadiera el carril contrario por donde transitaba el hombre oriundo de San Fernando, provincia de Buenos Aires.