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Condenaron a 15 años de prisión a Jonathan Rodríguez por la muerte de Sergio
Gómez El juez Mauricio Derudi impuso ayer la pena de 15 años de prisión a Jonathan Rodríguez, hallado culpable por el ju
El magistrado dio a conocer su veredicto en el marco de la audiencia que se desarrolló en los tribunales de esta ciudad. Dispuso también que el condenado cumpla prisión preventiva en la Unidad Penal N° 9 Granja El Potrero hasta que quede firme la condena.
Estuvieron presentes en la sala el fiscal coordinador, Lisandro Béhéran; y el fiscal de la Investigación Penal Preparatoria, Mauricio Guerrero, quienes habían solicitado, en el cierre de los alegatos, 16 años de cárcel para Rodríguez.
También estuvo en la sala el abogado querellante José Morrison, en representación de la esposa de Gómez, que había pedido una pena de 23 años. Y, la defensa, ejercida por Víctor Rebossio, que había solicitado la mínima pena para Rodríguez, esto es, ocho años.
El veredicto del jurado popular se alcanzó el 3 de septiembre luego de tres días de audiencias que concluyeron con el fallo del jurado y el posterior dictado de prisión preventiva para el condenado, la que se extendió hasta ayer.
Todas las instancias del juicio fueron transmitidas por el canal de YouTube del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) y se concretaron de acuerdo a los protocolos sanitarios vigentes.
El caso
Gómez murió como consecuencia de dos heridas punzocortantes: una en la zona del tórax y la restante en el espacio intercostal izquierdo, según el informe médico policial.
El imputado Rodríguez llegó al juicio detenido con prisión preventiva desde el momento en que fue arrestado en la madrugada del 10 de mayo del año pasado, cuando ocurrió el hecho.
El juicio fue el segundo que se sustanció en la ciudad con la modalidad de jurados populares.
El primero, como se recordará, fue el caratulado “Gómez, Mauricio Javier S/ homicidio agravado por tratarse su autor de un miembro de las fuerzas de seguridad en abuso de sus funciones” en el que se trató de dilucidar las circunstancias en la que murió por impacto de bala 9 milímetros, Iván Pérez en el marco de una fuga y persecución policial.
En ese proceso, el jurado no alcanzó unanimidad razón por la que deberá seleccionarse uno nuevo.
La sentencia
La causa registrada bajo el Nº J/600 “Rodríguez Jonathan Joaquín S/Homicidio Simple”, remitida por el Juzgado de Garantías y Transición Nº 2 a cargo del juez Ignacio Boris Telenta, seguida contra el ciudadano Jonathan Joaquín Rodríguez, de 27 años, apodado “Chupa”, argentino, soltero, padre de dos hijas a su cargo, de ocupación gasista y remisero, sin antecedentes penales, en orden al delito de homicidio simple de acuerdo al Artículo 79° del Código Penal de la Nación.
El imputado fue juzgado por jurados por el hecho comprendido en el auto de remisión a juicio, el cual fuera descripto de similar manera por las partes acusadoras durante sus alegatos de apertura: “En fecha 10 de mayo de 2020, alrededor de las 2:10 de la madrugada aproximadamente, en el interior y/o la zona de ingreso al domicilio sito en calle La Cantera y Buenos Aires, habitada por la familia Balquin (vivienda de ladrillo hueco con dos ventanas y una puerta en el medio), el imputado Jonathan Joaquín Rodríguez, valiéndose de un arma blanca con hoja aproximada de 13 centímetros de largo y mango de plástico color amarillo, le efectuó dos puñaladas a Sergio Daniel Gómez, precisamente causando una herida en región anterior del hemitórax izquierdo (segundo intercostal entre línea para-esternal y media clavicular homónima), y otra en zona de hipocondrio izquierdo (a 40 centímetros de la línea medioclavicular); para luego de apuñalarlo darse a la fuga del lugar intentando tomar un remis, no logrando su cometido al ser aprehendido por personal policial en calle La Cantera y Buenos Aires, a pocos metros del lugar del hecho. Producto de las lesiones detalladas le causó la muerte al mencionado Gómez, quien fallece a los pocos minutos en el hospital Centenario”.
En la primera audiencia y luego del interrogatorio de identificación correspondiente, prestó declaración el imputado, quien primero lo hizo libremente, para posteriormente evacuar las preguntas que le formularon las partes.
Una vez concluida la declaración de Jonathan Joaquín Rodríguez, se abrió la etapa probatoria, declarando los testigos y peritos: José Andrés Cabrera, Walter Matías Doello, Enzo Ariel García, Julián Alexander Reynoso, Fernanda Echegaray, Adrián Oscar Lenta, Marcelo María Benetti, Federico Roberto Gini Cambaceres, Simón Pedro Ghiglione, María José Lima, Miguel Ramón García, Walter Miguel Brelli, Santiago Alfredo Farías, Daniel Antonio Suárez, Rolando Carlos Leones, Teresa Angélica Ortiz, Esteban Daniel Teubner, Araceli Libertad Ríos y Sandra Beatriz Rodríguez.
También se incorporaron pruebas materiales como croquis referencial del lugar del hecho; cuadernillo fotográfico; relevamiento planimétrico; informes químicos y el secuestro de elementos como el cuchillo que se utilizó como arma homicida, entre otros.
Luego de la etapa probatoria tuvieron lugar los alegatos de clausura, donde expusieron los representantes de las partes en el orden establecido en el Artículo 449° del Código Procesal Penal; y una vez concluidos, se le otorgó al acusado la posibilidad de brindar la última palabra, quien prefirió guardar silencio.
Celebrada la correspondiente audiencia con las partes, se les impartió a los jurados las instrucciones finales.
Hechos probados
Es importante registrar que las partes estipularon como probados los siguientes hechos:
1) El 10 de mayo de 2020, alrededor de las 2:10 de la madrugada aproximadamente, en la zona previa al ingreso o dentro de la vivienda -extremo éste que no se ha acordado ni establecido- del domicilio sito en calle La Cantera y Buenos Aires habitada por la familia Balquín (vivienda de ladrillo hueco con dos ventanas y una puerta en el medio), el imputado Jonathan Joaquín Rodríguez, valiéndose de un arma blanca con hoja aproximada de 13 centímetros de largo y mango de plástico color amarillo, le efectuó dos puñaladas a Sergio Daniel Gómez.
2) Las puñaladas antes indicadas causaron en Sergio Daniel Gómez una herida en región anterior del hemitórax izquierdo -segundo intercostal entre línea para-esternal y media clavicular homónima-, la que le provocó la muerte, y otra en zona de hipocondrio izquierdo, que no lesionó órganos.
3) Luego de apuñalar a la víctima, Jonathan Joaquín Rodríguez abordó un remís marca Fiat Siena, color blanco, y es aprehendido por personal policial en calle La Cantera y Buenos Aires, a pocos metros del lugar del hecho.
4) Producto de las lesiones antes detalladas, Rodríguez le causó la muerte a Gómez, quien falleció a los pocos minutos, constatándose su muerte en el hospital Centenario.
5) Con posterioridad al hecho, se secuestró un cuchillo marca “Tramontina”, tipo serrucho, de color negro, con manchas de sangre, en el interior del vehículo remís marca Fiat Siena, color blanco.
6) El imputado Rodríguez, al momento de los hechos, tenía capacidad de culpabilidad.
Luego de analizar y considerar los fundamentos de las partes, el jue Derudi entendió que “la pena justa y proporcional a la gravedad de injusto y al grado de culpabilidad evidenciada por el imputado, es la de quince años de prisión de cumplimiento efectivo, la que, además, entiendo satisface las expectativas de prevención general y especial previstas como fin de la sanción penal, lógicamente, con más las accesorias legales”.