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Diario El Argentinosábado 27 de abril de 2024
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Un fallo necesario

Un fallo necesario

La Justicia argentina, en un fallo histórico, acaba de expresarse a favor de la paridad de género en la Cámara de Diputados. Eso significa que el mandato inconcluso de una diputada debe ser completado por su respectiva suplente, también de sexo femenino.

Un amparo, presentado por dirigentas bonaerenses, buscaba resguardar la banca de la renunciante Anabella Hers (PRO) a favor de otra mujer y que no asumiese en su lugar Jorge Garayalde, por simple adjudicación de la banca al primero de los suplentes, sin tener en cuenta su género.

Argumentaron que tal reemplazo alteraría la ley de cupo, que regía cuando Hers fue elegida, y la de paridad de género, que está en vigencia al momento del reemplazo. La banca, sostuvieron, debía ser ocupada por la primera mujer designada entre los suplentes.

La jueza María Servini de Cubría les dio la razón. El mandato de Hers, afirma en su dictamen, debe ser completado “por la candidata mujer que le siga según el orden establecido en la lista” de las elecciones en que la diputada resultó elegida.

Hers fue elegida en 2015 y renunció a fines de 2018 para asumir en el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en representación de los abogados. De ello se deduce que su sustituta no durará mucho en el cargo. Pero aquí lo que importa no es el tiempo que ejerza las funciones legislativas, sino la trascendencia del fallo y su impacto en la política.

En numerosas ocasiones se ha sospechado un mal uso del cupo femenino. Se suele interpretar que la ley fue aprobada por corrección política más que por plena asunción de los valores que expresa. Por eso mismo, en no pocos casos, se conjetura que las candidatas serían seleccionadas por su sumisión a líderes que podrían determinar luego, de modo arbitrario, sus renuncias para que las bancas fuesen ocupadas por varones.

Estos razonamientos se basaron en la periódica inclusión en las listas de esposas, hijas, sobrinas, hermanas o empleadas de los máximos dirigentes. En definitiva, concluían los objetores, era el vínculo con un varón y la obediencia a él el requisito privilegiado para la selección de las candidatas.

La Justicia no puede impedir estas maquiavélicas manipulaciones. Pero el fallo de Servini resultará un eficaz límite a las especulaciones conexas. De aquí en adelante, nadie podría candidatear a una mujer para hacerla renunciar una vez elegida con la pretensión de que, en su lugar, asuma un varón. Esa mujer sólo podrá ser reemplazada por otra mujer.

Aun cuando en la balanza de la política el plato femenino siga pesando menos que el masculino, esta ponderación judicial lo potencia.

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