Se inició la apertura de un proceso de amparo colectivo ambiental en la comuna de Parera
En el marco del proceso caratulado “Pais, Ángela y otros s/Acción de Amparo (expte. Electrónico Nº 22.558), el juez de Familia y Penal de Niños y Adolescentes Nº 1 de Gualeguaychú, Héctor Domingo Vassallo, dispuso la notificación a las personas que pudieran tener un interés en el resultado del litigio.
En ese marco, en un plazo de siete días corridos se podrán presentar los interesados para que se realice la registración del proceso en el Registro de Procesos Colectivos y con la publicación en el Servicio de Información y Comunicación (SIC) del Superior Tribunal de Justicia (STJ), el que deberá mantenerse durante la tramitación del juicio, librándose los respectivos oficios.
La acción de amparo fue presentada por vecinos/as de la comuna de Faustino Parera, contra la empresa De Zan Hermanos y es por un reclamo de tala de árboles, movimientos y modificaciones de suelo.
La empresa tiene domicilio en Larroque, y fue notificada para que, en el término de siete días corridos desde la notificación, “informe sobre la exactitud de los hechos que motivan la demanda dando las razones pertinentes”, se lee en la medida adoptada por el juez y a la que accedió EL ARGENTINO.
También se intimó a la demandada a presentar “la totalidad de los expedientes administrativos, estudios, certificados, informes y antecedentes relacionados con el objeto de la presente demanda y que obren en su poder”. Y se le hizo saber que todos los días y horas son hábiles para la tramitación de la acción.
Se aclaró que “el informe y la documental deberán ser remitidos dentro del plazo conferido mediante módulo de subida electrónica de escritos, art. 7 del Reglamento N° 1 de Presentaciones Electrónicas, a cuyo fin, deberá el letrado que los represente, solicitar con la antelación suficiente para cumplir con el plazo conferido del informe, la vinculación al proceso al correo electrónico oficial del organismo”.
También el juez Vasallo citó a Isidro Bournisen en calidad de jefe de la Comuna de Faustino Parera, para que, en igual plazo de siete días corridos, informe sobre la exactitud de los hechos que motivan la demanda dando las razones pertinentes como así también a presentar la documentación y la totalidad de los expedientes administrativos, estudios, certificados, informes y antecedentes relacionados con la causa que estén en poder de la comuna.
Del mismo modo, se notificaron de las actuaciones al fiscal de Estado de la Provincia mediante vinculación como justiciable al presente proceso, para que dentro del mismo término ejercite las atribuciones que le competen si lo estima necesario.
“Atento que la cuestión a debatir en autos además de los derechos subjetivos de los accionantes, recae en relación a derechos de incidencia colectiva, en la medida que se pretende amparar el ambiente, hábitat, salud, modo y calidad de vida de los habitantes de Parera, a los fines de su amplia difusión y cumplimiento de los demás recaudos de registración se dispone la inscripción del presente proceso en el Registro de Procesos Colectivos y en el Registro de Amigos del Tribunal, ambos del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, para su debida registración y comunicación”, se indicó.
En otro punto, se dispuso “la notificación de las personas que pudieran tener un interés en el resultado del litigio, quienes podrán presentarse por el plazo de siete días corridos, la que se realizará con la registración del presente proceso en el Registro de Procesos Colectivos y con la publicación en el SIC, que deberá mantenerse durante la tramitación del presente juicio, librándose los respectivos oficios”.
“Sin perjuicio de ello, a fin de garantizar el conocimiento público y posibilitar la intervención de terceros eventuales legitimados y de la constitución de ´amicus curiae´ -arts. 67, inc. a) y 71 Ley Nº 8.369- ordenar se publiquen edictos por tres (3) días en un diario local de circulación en Parera y la radiodifusión en medios radiales por igual término, a los fines de hacer saber la existencia de este proceso, organismo jurisdiccional y magistrado interviniente, identificación de las personas accionantes y de la empresa demandada, como así también el objeto de la acción, con el propósito que las personas físicas o jurídicas que se hallen interesadas en adherir a la acción intentada, o bien, constituirse como ´amicus curiae´, lo hagan en el término de tres (3) días a contar desde finalizada la publicación”, destacó el escrito del juez Vasallo.