Un año de prisión condicional por haber cometido hurto y robo
El juez de Garantías N° 1, Mario Figueroa, condenó ayer a Claudio Francisco Mujica (de 34 años, sin antecedentes), a la pena de un año de prisión de ejecución condicional, por encontrarlo responsable de los delitos de hurto simple, robo simple, violación de domicilio (dos hechos), daño (dos hechos), amenazas simples y desobediencia judicial.
La fiscal Carolina Costa como el defensor oficial Pablo Ronconi renunciaron a los plazos de impugnación y en consecuencia la sentencia quedó firme.
El primer hecho delictivo de Mujica se registró entre las 14 y las 14:10 del 10 de noviembre pasado, cuando se encontraba dentro de la Sala de Juego y Anexo de la firma Newtronic SA, ubicada en avenida Parque y Gualeguay, y sustrae ilegítimamente, sin ejercer fuerza ni violencia, la suma de 1.300 pesos y 28 tickets sin valor de cambio, que se encontraban dentro de una caja de madera detrás de un mostrador.
El segundo hecho ocurrió aproximadamente a las 22:30 del 17 de noviembre, cuando se apoderó ilegítimamente de una caja registradora de madera, la cual contenía 1.700 pesos. Este accionar se cometió ejerciendo fuerza para destrabar la ventana del frente de un kiosco ubicado en calle Ayacucho al Sur, en el corazón del barrio Zabalet.
El tercer hecho ocurrió ese mismo 17 de noviembre, cuando se hizo presente en un domicilio ubicado en el barrio San Cayetano, sobre calle Troisse y le pidió a la hija de la denunciante si tenía papel para limpiarse el rostro. Una vez que ésta se lo alcanzó, ingresó a la finca pero sin el consentimiento expreso ni presunto de su propietaria y cerró con llave, impidiendo que la denunciante saliera. A su vez, en el interior de la vivienda, ejerció fuerza sobre un ropero de madera, dañándolo intencionalmente.
El cuarto hecho se registró a las 16:30 del 19 de noviembre, cuando Mujica se hizo presente en un domicilio de calle Samaniego al 2000, que es habitado por su expareja. Allí, comenzó a arrojarle piedras e ingresó sin autorización expresa ni presunta de su propietaria al interior del patio, forzando luego la reja de una de las ventanas interiores, la cual daña intencionalmente, mientras le profería a la mujer que “cuando saliera la iba a matar”, expresiones que causaron temor en la víctima.
Con dicha conducta Mujica desobedeció la orden judicial emanada del mismo juez Figueroa: prohibición de acercamiento y merodeo al domicilio en un radio de 200 metros, y abstención de ejercer cualquier tipo de acto perturbatorio o molesto. De estas medias estaba debidamente notificado el 10 de noviembre a las 8:15; aunque siete días más tarde violó ese compromiso.
Como con toda condena condicional, para que se tenga por “no pronunciada”, Mujica deberá cumplir con todas las reglas de conducta que le impusieron, y además no debe cometer delitos por cuatro años. Si comete un nuevo delito, cumplirá el año de prisión de manera efectiva, más el tiempo que se fije por el nuevo hecho, de acuerdo al Artículo 27° bis del Código Penal.
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