Los carreros deben anotarse en un registro municipal
La ordenanza se aprobó el jueves pasado, respondiendo a una demanda de la comunidad sobre la salud y el cuidado de los animales utilizados para tareas de carga. Desde el mes que viene, los carros podrán circular en el centro de la ciudad de 8:00 a 14:00 y de 18:00 a 21:00.
Por la necesidad de regular con una norma acorde a nuestros tiempos, la circulación dentro del ejido municipal de vehículos de tracción a sangre, como lo son los carros, sulky o similares, el bloque del Nuevo Espacio, presentó un proyecto de ordenanza para regular el tránsito de los vehículos a tracción a sangre, que fue aprobado el jueves por unanimidad.
“Cuando el carrero vaya a Veterinaria Municipal, el profesional va a decidir si el caballo está en condiciones de poder ser utilizado para este fin”, explicó la concejal Rosa Majul.
La ordenanza, entrará en vigencia dentro de siete días una vez que sea promulgada por el Ejecutivo Municipal para luego pasar a Tránsito quien llevará la responsabilidad de crear el registro de vehículo a tracción a sangre. Se estima que son alrededor de 50 carros que circulan a diario por la ciudad.
“El animal se va desparasitar y se le colocará la vacuna contra la anemia, sin costo para el ciruja”, explicó Majul.
Esta nueva reglamentación, surge tras el pedido del veterinario Ignacio Hernández quien manifestó su inquietud, ante la problemática que se producía en la vía pública y por la necesidad de cuidar la salud de los animales que son utilizados para traccionar los carros.
Tras la inquietud, los concejales del bloque de Nuevo Espacio junto al área de Veterinaria e Inspección Municipal y la ONG “Patitas” se pusieron a trabajar en la redacción del proyecto de ordenanza que fue aprobada el jueves en el HCD.
“Yo recorrí el barrio norte y hable con los carreros quienes estuvieron de acuerdo con la nueva reglamentación. La única preocupación que tenían es que puedan ingresar al centro de la ciudad, debido a que algunos de ellos comercializan verduras en las verdulerías céntricas, cosa que si pueden ingresar de norte a sur”, manifestó la edil.
La nueva reglamentación responde a un reclamo de la comunidad, sobre todo la del veterinario Hernández, un gran defensor de los animales domésticos y quien todos los años realiza para el día del animal un desfile de mascota en Av. Rocamora y Luis N. Palma.
La otra ONG que desde hace tiempo vela por la seguridad de los perros desprotegidos es “Patitas”, quien tiene a su cargo el mantenimiento y el cuidado de los animales que se encuentran en la Perrera Municipal.
Una norma de este tipo, contribuye a la concientización individual de los titulares de estos vehículos, respecto de su uso responsable dentro de la comunidad.
La normativa es precisa, debido a que el uso de los carros, se debe enmarcar en una norma que contribuya en forma eficaz, a la fluidez de la circulación del tránsito vehicular en la ciudad.
Registro municipal
En el artículo 1° de la ordenanza se ordena la creación de un registro municipal de vehículos a tracción a sangre que estará coordinado por la Dirección de Tránsito Municipal y el Registro de Conductores, los que deberán contar con las siguientes características: Número asignado al vehículo; datos personales del propietario; datos filiatorios y fecha de control anual del vehículo y el animal.
“Los animales y vehículos que consten como habilitados en el Registro Municipal de Vehículos Tracción a sangre, podrán circular por la planta urbana de la ciudad por los sectores y horarios establecidos “, remarca el articulo 2°.
El proyecto de ordenanza también instruye que los horarios de circulación sean de norte a sur y de sur a norte, de 8:00 a 14:00 y de 18:00 a 21:00, en el perímetro comprendido por las siguientes calles Rivadavia al Norte, Andrade al Sur, San José y Monseñor Chalup al este, Rocamora y 1º Junta al Oeste.
Además contempla la creación de “cursos de capacitación” los propietarios de vehículos tracción a sangre, donde se impartirán conocimientos relacionados con la seguridad vial, y las normas de tránsito vigentes. Además se les entregará un plano con las calles de circulación y horarios autorizados, como así también los montos que por transgresiones a la presente deberán abonar en caso de incurrir en infracción.
Los animales utilizados en los vehículos tracción a sangre como suministradores de la fuerza motriz, deben estar correctamente. Está prohibida la circulación de vehículos tracción a sangre que posean llantas de hierro por calles pavimentadas.
En los vehículos no se podrán utilizar, para suministrar fuerza motriz, yeguas en estado de preñez a partir de los seis meses.
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