El HCD sancionó la ordenanza de adecuación de obras, que le proporcionará más recursos genuinos al próximo intendente municipal
Para regularizar la cantidad de obras de particulares que no fueron registradas mediante presentación de planos en Catastro Municipal, el HCD sancionó una ordenanza que dispone hasta el 31 de diciembre de 2016 como fecha límite para la presentación de la documentación técnica de todas las obras construidas sin permiso municipal.
Por estas construcciones clandestinas la comuna se pierde de recaudar miles de pesos por año.
Con la presencia de once concejales, sesionó ayer HCD, para avanzar en la aprobación de la ordenanza denominada “adecuación de obra” para darle un plazo de adecuación a todos los propietarios que estén construyendo ampliaciones en sus domicilios, con el fin de cumplir con las exigencias del Código de Edificación Urbana, que está en vigencia desde 1974, mediante la ordenanza 7329.
Desde hace algunos años se observa la presencia de gran cantidad de obras que se alejan de la normativa con relación a sus espacios y superficies mínimas exigidas, o de condiciones de habitabilidad, generando irregularidades y un sistema conflictivo en cuanto a la aprobación y constatación de la construcción. La denominación de obras “a regularizar” no está contemplada como tal en el Código de Edificación de la Ciudad. Esta denominación surge de caratular a una obra existente construida sin el permiso Municipal, y que una vez concluida se presenta con sus los planos como “obras a regularizar”, habiéndose edificado en violación al Código vigente.
Las obras realizadas sin permiso Municipal o clandestinas, detectadas mediante imágenes satelitales y verificadas in-situ, que una vez finalizada su construcción son declaradas ante este Municipio, y donde los metros cuadrados construidos no coinciden con los declarados, se han incrementado. Por ello, se presenta la necesidad de ordenar y regular la presentación de planos y documentación técnica de obras dentro del Ejido de nuestra ciudad.
En la ordenanza sancionada ayer se prevé como plazo de adecuación hasta el 31 de diciembre de 2016 como fecha limite para la presentación de planos y documentación técnica de todas las obras construidas sin permiso. A partir del 31 de diciembre de 2016 se deja sin efecto la modalidad de regularización de obras no autorizadas mediante la presentación de planos de relevamiento.
Las multas
Por el inicio de obra sin permiso. Será pasible de una multa de 500 U.T.M. (Unidad Tributaria Municipal) toda propiedad que inicie una obra sin permiso Municipal, por infringir el Código de Edificación en su articulo Nº 29.
El valor de referencia de cada UTM se toma mediante el costo de un litro de nafta super o un litro de eurodisel, dependiendo la decisión del juez de falta. Para las nuevas construcciones ya materializadas o edificadas que no cumplan con lo proyectado en la documentación de obra presentada como obra a construir, y registradas en el archivo del Catastro municipal, se aplicará una multa, hasta tanto se efectivice su adecuación a lo proyectado. La multa sobre el tributo municipal se establece según los siguientes apartados: La normativa contempla a los vecinos sin recursos que para estar dentro de la ley se podrá, por medio de la Secretaria de Desarrollo Social y Salud, certificar que una familia no dispone de los recursos económicos necesarios para realizar y presentar la documentación de obra de una construcción existente como obra a regularizar. La Dirección de Viviendas realizará el relevamiento y la confección de la documentación de obra correspondiente para ser presentada ante al Dirección de Obras Particulares. El plazo para la presentación de dicha documentación será ocho años a partir de la fecha de vigencia de la presente ordenanza. También contempla que por medio del Estado podrá certificarse que una familia no dispone de los recursos económicos para la confección del proyecto de su vivienda única. En este caso la Dirección de Viviendas dispondrá de varios prototipos para la elección del beneficiario. Una vez realizada la elección del prototipo, la Dirección de Viviendas entregará al beneficiario la documentación de obra completa para que éste la presente ante la Dirección de Obras Particulares y obtenga así el derecho de iniciar su construcción.
Este contenido no está abierto a comentarios