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Amarras desvió el río Gualeguaychú y de eso modo llenar su laguna artificial
Por Nahuel Maciel
EL ARGENTINO
A pesar que el juez Ricardo Mudrovici del Juzgado en lo Civil y Comercial N° 3 de Gualeguaychú sentenció el viernes 4 de agosto la prohibición y suspensión de cualquier tipo de obras, modificaciones o trabajos en el predio Amarras hasta tanto se autorice judicialmente un plan de recomposición del ambiente, nada detuvo a las máquinas retroexcavadoras y la empresa Altos de Unzué –con la complicidad de la Municipalidad de Pueblo General Belgrano y la inoperancia de la Fiscalía del Estado y de la Secretaría de Ambiente de la Provincia- y realizó una apertura de modo de conectar el río Gualeguaychú con su laguna artificial. Avanzar con los hechos consumados, desoír las sentencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y del Superior Tribunal de Justicia y ningunear de manera permanente la juez Mudrovici es a todas luces la estrategia que al parecer adoptaron las tres partes condenadas a restaurar el predio: Altos de Unzué, la Municipalidad de Pueblo General Belgrano y el Gobierno de la Provincia.
Ayer, las retroexcavadoras terminaron de hacer lo que todos temían: rompieron la parte de la orilla del río Gualeguaychú para apropiarse del propio río, desoyendo las sentencias judiciales y sabiendo que tiene la prepotente impunidad de saber que todos deben agachar la cabeza porque ellos tienen la billetera. Así se manejan, así actúan.
La apertura del lago artificial de Amarras irrumpiendo sobre el río Gualeguaychú era el escenario más temido y en el medio de un contexto de conflictividad social en ascenso, avanzaron violentando a la propia Justicia que ahora deberá demostrar con una actitud más activa que tiene autoridad para hacer cumplir sus propias sentencias. Caso contrario, la comunidad quedará a merced de la barbarie.
La brutalidad de las retroexcavadoras refleja una de las crueldades más evidentes sobre el ambiente y el río Gualeguaychú, dado que levantar el talud de tierra para vincular el lago artificial con el curso de agua era una de las acciones más dañosas que se podían provocar. Y lo hicieron.
Fuentes vinculadas con la Municipalidad de Pueblo General Belgrano confiaron a EL ARGENTINO, que la orden de realizar esta vinculación del río con el lago artificial de Amarras es la respuesta del intendente en uso de licencia Mauricio Davico como reproche a la defensa que la comunidad de Gualeguaychú está realizando sobre su humedal. “Que se vayan acostumbrando. Porque, así como unos ingresarán con una motosierra al quirófano de la economía diaria, otros ingresarán -como lo hicieron ayer- con retroexcavadoras para apropiarse de los bienes naturales en beneficio de una empresa privada”, destacó con angustia el trabajador municipal que pidió, por razones obvias, reserva de su identidad para evitar ser perseguido laboralmente en la Municipalidad de Pueblo General Belgrano. Las retroexcavadoras pisotearon la sentencia del juez Mudrovici, pero también con la de la Corte Suprema de Justicia y del propio Superior Tribunal de Justicia. No es posible, que desde la Justicia nada se haga o en todo caso se deje hacer sin que nadie tenga consecuencias.
La sentencia
El conflicto social y ambiental que genera la construcción del barrio fluvial Amarras, impulsado por la empresa desarrolladora Altos de Unzué y el Municipio de Pueblo General Belgrano, ayer exhibió uno de sus peores rostros: pisotear los derechos de los vecinos de Gualeguaychú y apropiarse del río en beneficio de un inversor privado y en perjuicio de la defensa general de la población.
El 4 de agosto pasado, la última decisión del juez Ricardo Javier Mudrovici a cargo del Juzgado Civil y Comercial N° 3 de Gualeguaychú ordenó la prohibición y suspensión de cualquier tipo de obras, modificaciones o trabajos en el predio Amarras hasta tanto se autorice judicialmente un plan de recomposición del ambiente. Pero, su voz pareciera ya no tener autoridad entre los condenados.
Tal como publicó EL ARGENTINO en su edición del 5 de agosto, el juez Mudrovici resolvió lo siguiente:
1) Hacer lugar al recurso de reposición presentado por la Municipalidad de Gualeguaychú contra la resolución del 25 de julio de 2023, dejándola sin efecto en cuanto la misma dispuso tener por contestado traslado.
2) Hacer lugar, bajo la exclusiva responsabilidad de las peticionantes, a la solicitud de medida cautelar interesada por la parte actora y por la Municipalidad de Gualeguaychú, disponiendo la prohibición de innovar por parte de los demandados respecto de la situación de hecho en el inmueble de propiedad de Altos de Unzué SA que se denomina proyecto “Amarras del Gualeguaychú”, prohibiendo y suspendiendo cualquier tipo de obras, modificaciones o trabajos en el predio hasta tanto se autorice judicialmente un plan de recomposición del ambiente. A los efectos de la toma de razón de la medida, notifíquese.
3) Hacer lugar a la solicitud de designación de peritos para que se expidan sobre la viabilidad del plan de recomposición ambiental presentado por Altos de Unzué SA en sede administrativa, para lo cual la parte actora y la Municipalidad de Gualeguaychú deberán indicar la especialización que han de tener los mismos y proponer puntos de pericia, dentro del plazo de cinco días, de lo que, en su caso, se correrá traslado a las contrarias para que también propongan puntos de pericia u observen la procedencia de los ofrecidos, pudiendo las partes designar los consultores técnicos respectivos.
Hay que entender que esta causa de amparo está caratulada “Majul Julio Jesús C/ Municipalidad de Pueblo General Belgrano y Otros S/ Acción de Amparo, Expediente Nº 5.916” y es una de las más antiguas en la historia judicial de la provincia.
El juez Mudrovici tuvo en cuenta el escrito presentado el 26 de julio pasado, donde la parte actora formuló su oposición a la presentación efectuada por Altos de Unzué, solicitando el dictado de medida de no innovar tendiente a que se suspenda cualquier trabajo de recomposición que se hubiese iniciado y paralizando todo tipo de obras, que se otorgue intervención a la Municipalidad de Gualeguaychú para que intervenga en el relevamiento de cualquier obra que pudiese haberse efectuado desde el 17 de julio pasado a la fecha, y que se ordene a la Secretaría de Ambiente que se abstenga de (expedir) cualquier autorización para llevar adelante un plan de recomposición por la empresa Altos de Unzué, ordenando se atenga a lo resuelto por el Superior Tribunal el 15 de noviembre de 2019.
Es más, el juez sabe que a través de un escrito presentado el 31 de julio, la parte actora denunció que se estaban ejecutado trabajos dentro del predio que se apartan del mandato judicial emitido el 15 de noviembre de 20219 por el Superior Tribunal de Entre Ríos, “verificándose movimientos de tierra a través de motoniveladoras y otras maquinarias, solicitando el despacho de las medidas cautelares propuestas”.
Del mismo modo, mediante escrito presentado el 1° de agosto pasado “se presentó la Municipalidad de Gualeguaychú interponiendo recurso de reposición con apelación en subsidio contra la providencia de 25/07/2023 y solicitando el decreto de medida cautelar de no innovar, manifestando -sintéticamente- que: a) la providencia que impugna tiene por contestado un supuesto traslado por parte del Fiscal de Estado que jamás se dispuso solicitando retirar el escrito del expediente dejando sin efecto la providencia recurrida; b) el rol de la Secretaría de Ambiente se limita al control del plan de recomposición, sin que expresa, implícita o tácitamente pueda considerarse que además deba autorizar el plan de recomposición, el que debe ser aprobado por el juzgado previa presentación de la propuesta y el dictamen favorable de peritos con competencia en materia ambiental e hidráulica designados por el juzgado”, destacó el propio magistrado en su escrito al que accedió EL ARGENTINO.
Así, el juez Mudrovici recordó “a todas las partes que este juzgado y secretaría, en su actual composición, en fecha 24 de agosto de 2021 dictó resolución “disponiendo la prohibición de innovar por parte de Altos de Unzué SA en el inmueble de su propiedad que se denomina proyecto Amarras del Gualeguaychú como no sea para recomponer el daño ambiental”.
Ayer, personal de la Municipalidad de Gualeguaychú –al igual que vecinos- constataron que Amarras desvío el río Gualeguaychú, y que para ello utilizó maquinaria como retroexcavadora y así el curso de agua ingresó para llenar su laguna artificial.