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Diario El Argentinoviernes 22 de noviembre de 2024
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Para la próxima temporada regirá la ordenanza de zonificación del Corsódromo para “uso Caranval”

Para la próxima temporada regirá la ordenanza de zonificación del Corsódromo para “uso Caranval”

La semana pasada se sancionó la ordenanza que declara al predio de la Estación, para “uso Carnaval” durante el verano, estableciendo que cualquier inversión futura en hotelería en la zona deberá adecuarse a los ruidos molestos que pueda ocasionar el espectáculos y a los cortes de calles para facilitar la logística del espectáculo. Se busca proteger a la industria.


La actividad desarrollada en época estival, desde el Carnaval del País hasta los Corsos Populares Matecito, como también otro tipo de actividades recreativas, fiestas patrias y demás desarrolladas a lo largo del año, provocó que el predio del Parque de la Estación se convirtiera en un lugar festivo de alta concentración de público.
Sin embargo la ordenanza de zonificación existente no prevén el uso especial que se lleva adelante en el predio de la ex estación ferroviaria y que afecta al área circundante al predio, donde además de desarrollarse el espectáculo del carnaval local, se fueron estableciendo galpones y talleres donde los distintos clubes organizadores del espectáculo llevan adelante la construcción de carrozas, espaldares y trajes.
Con la nueva ordenanza se establece que para el sector urbano delimitado por las arterias al norte calle Buenos Aires, al este calle Pellegrini y Eva Perón, al sur calle Belisario Roldán, Rubén Darío y su proyección hasta calle Constitución y al oeste Constitución.
Este cuadrante se denominará a partir de la promulgación de la ordenanza “uso Carnaval”, siempre dentro de los parámetros de los usos y costumbres que hacen al buen vecino.
Se entiende como uso Carnaval el efectuado en el predio de la ex Estación del Ferrocarril o “Corsódromo” en virtud de la realización del “Carnaval del País”. El efectuado en los galpones o inmuebles circundantes, utilizado por los clubes locales, propietarios de las comparsas, para la construcción y elaboración de carrozas, trajes y otros elementos necesarios con la finalidad de la puesta en escena del espectáculo.
Otros usos
El efectuado en avenida Cándido Irazusta (Avenida Parque) entre calle España y Montevideo donde se desarrolla el espectáculo Corsos Barriales o Populares Matecitos según Ordenanza Nº 11739/12
Aquellos espectáculos, eventos, actos patrios que sean llevados a cabo dentro del Corsódromo y todo otro acontecimiento social, cultural o deportivo que previa autorización Municipal tenga notoria trascendencia.
Todos aquellos usos que se lleven cabo en este sector o aquellos nuevos que en un futuro se instalen dentro de la zona delimitada, deberán ajustarse a lo establecido en la presente normativa.
Esta es la segunda ordenanza que se aprueba en defensa de la actividad carnavalera, el 13 de julio de 2011, el Concejo anterior, aprobó la normativa que exceptúa de obligaciones tributarias municipales al Carnaval del País.
De esta manera se puso punto final a la eterna discusión que había con el Ejecutivo y la Comisión del Carnaval por el cobro del cinco por ciento de carga tributaria sobre el importe total de entradas vendidas en la temporada que durante años generó desencuentros entre las partes.
Esa tasa era establecida en el Título VIII de la Parte Especial del Código Tributario Municipal – Ordenanza Nº 10287/1997 y sus modificatorias – que grava a todo acto o evento que se efectúe en lugares que tengan libre o restringido acceso al público, siempre que se cobre la entrada, derecho de consumición, tarjetas de invitación o cualquier otra forma de derecho de ingreso.
El otro gran paso fue la excepción del TGI y Tasas de Obras Sanitarias, a todos los clubes de la ciudad que puedan acreditar hasta una actividad deportiva, además de condonarle la deuda impositiva desde el 2006 hasta el 2011.


Por Diego Elgart
EL ARGENTINO


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