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Diario El Argentinoviernes 22 de noviembre de 2024
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Cablevisión ratificó que los abonos siguen vigentes

Cablevisión ratificó que los abonos siguen vigentes

La Oficina Municipal de Defensa del Consumidor (Omic) había intimado a la empresa Cablevisión para que retrotraiga el abono de acuerdo a las resoluciones que había fijado en su momento la Secretaría de Comercio Interior de la Nación.


Tal como informó EL ARGENTINO en su edición del miércoles 11, Cablevisión rechazó esa pretensión al invocar un fallo de una medida cautelar que se encuentra vigente y por la cual se suspendieron las Resoluciones de la Secretaría de Comercio Interior.
La intimación de la Omic se amparaba en las resoluciones de la Secretaría de Comercio Interior números 36, 65, 92, 123, 141 y 10 del año pasado, que establecían el precio del abono mensual básico en 109 pesos de enero a agosto de 2011 y de 116 pesos de septiembre de 2011 a marzo de 2012. Pero, Cablevisión respondió que se encuentra una medida cautelar y esas resoluciones por el momento no tendrían vigencia.
Ayer, la empresa remitió un comunicado de prensa ratificando este esquema, donde sostiene que “existen medidas judiciales vigentes que ratifican la libre fijación del precio de los servicios de televisión por cable”.
A continuación detalla que: “La Cámara Federal de Mar del Plata, con fecha 1° de agosto de 2011, dictó una medida cautelar a favor de la Asociación de Televisión por Cable (ATVC) que suspende para todas sus asociadas (entre ellas Cablevisión SA) los efectos de la Resolución 50/10 y de la ley de abastecimiento por entender que se trata de una norma derogada”.
“Por lo tanto el precio del abono de televisión por cable está firme y es legítimo, no sólo para Cablevisión sino para todos los cableoperadores de la Argentina que son socios de la ATVC”, sostiene.
Por último, la empresa aclaró que “oportunamente la ATVC notificó mediante Carta Documento a las Oficinas Municipales de Defensa del Consumidor, sobre la existencia y vigencia de la medida cautelar, ya que la misma prevé que deben suspenderse las tramitaciones de los expedientes relacionados con las Resoluciones citadas emanadas de la Secretaría de Comercio Interior”.


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